Derechos
reproductivos
ante la decisión
de un embarazo
o ser madre:
∗ Recibir atención oportuna y de calidad, libre de discriminación durante el embarazo y el parto.
∗ Poder elegir cómo y con quién parir.
∗ Recibir información sobre su estado de salud y la evolución del embarazo y el parto.
∗ Recibir información sobre los procedimientos que se le realizarán y dar su consentimiento o, en su caso, rechazarlos.
∗ Recibir atención libre de violencia durante el embarazo y el parto.
∗ Elegir el método anticonceptivo preferido libre de coacción.
Derechos
laborales
al estar
embarazada
o ser madre:
∗ No ser despedida o coaccionada directa o indirectamente para renunciar por estar embarazada o por tener el cuidado de hijas o hijos menores.
∗ Contar con un seguro/licencia de maternidad de 90 días, distribuidos antes y después del parto, con salario pagado al 100%. En caso de que la hija o hijo haya nacido con cualquier tipo de discapacidad o requiera atención médica hospitalaria, el tiempo podrá ser de hasta ocho semanas posteriores al parto.
∗ Regresar al puesto que desempeñaba, siempre que no haya transcurrido más de un año de la fecha del parto.
∗ Tener durante el período de lactancia dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, o bien un descanso extraordinario por día, de una hora, para amamantar a su hija o hijo, o para efectuar la extracción manual de leche, en lugar adecuado e higiénico.
∗ Acceder a los servicios de guardería para sus hijas e hijos durante las horas de su jornada de trabajo desde la edad de cuarenta y tres días hasta que cumplan cuatro años.